Abogados civilistas en Madrid
Alguien te debe dinero, un contrato no se ha cumplido o has sufrido un daño que otro debe pagar. Analizamos tu caso, te decimos con claridad qué puedes reclamar y un abogado con nombre lo lleva, con honorarios por escrito antes de empezar.
Lunes a viernes, de 9:00 a 18:00 · Con cita previa, en Chamberí o por videoconferencia
Cuéntanos tu reclamación
Te llamamos para una primera orientación sin compromiso.
- Abogados colegiados en el ICAM
- Presupuesto por escrito antes de empezar
- Un abogado con nombre y teléfono directo
- Chamberí o videoconferencia, en toda España
Asuntos civiles que llevamos en Madrid
Defendemos a particulares y empresas en los conflictos civiles más habituales.
¿Tu caso no está en la lista? Cuéntanoslo y te orientamos.
Cómo trabajamos tu asunto civil
Estudiamos las pruebas
Contratos, facturas, mensajes y justificantes: valoramos qué puedes reclamar y con qué posibilidades.
Presupuesto por escrito
Antes de empezar recibes los honorarios por escrito y sabes qué abogado llevará tu asunto.
Requerimiento y, si hace falta, demanda
Intentamos el cobro o el acuerdo extrajudicial y, si no funciona, acudimos al juzgado informándote en cada paso.
¿Te deben dinero y no te pagan? Llámanos y vemos cómo reclamarlo.
Llámanos al 618 295 546, al 649 211 667 o al fijo 91 444 55 93. Lunes a viernes, de 9:00 a 18:00.
Qué hace un abogado civil en Madrid y cómo reclamar lo que te deben
El derecho civil regula las relaciones entre particulares y empresas: contratos, deudas, daños y obligaciones. Un abogado civil en Madrid te ayuda a elegir el procedimiento adecuado, a reunir las pruebas y a no dejar pasar los plazos, que en esta materia pueden hacerte perder un derecho aunque tengas razón.
Reclamación de cantidad: cómo empezar
Antes de acudir al juzgado conviene requerir el pago de forma fehaciente, normalmente por burofax con certificación de contenido. Ese requerimiento deja constancia de la deuda, interrumpe la prescripción y muchas veces basta para cobrar. Además, desde 2025 la ley exige con carácter general intentar un medio adecuado de solución de controversias, como una negociación previa, antes de presentar muchas demandas civiles. Te ayudamos a hacerlo de forma que cumpla ese requisito.
El proceso monitorio
Si la deuda es dineraria, vencida, exigible y está documentada, por ejemplo con facturas, albaranes, contratos o mensajes que la reconozcan, el proceso monitorio es la vía más ágil. Estas son sus claves:
- No tiene límite de cuantía.
- Si la deuda no supera 2.000 euros, puedes presentarlo sin abogado ni procurador.
- El juzgado requiere al deudor para que pague o se oponga.
- Si no paga ni se opone, puedes pedir la ejecución y el embargo de sus bienes.
- Si se opone, el asunto pasa al juicio que corresponda por la cuantía.
Aunque no sea obligatorio, contar con abogado en un monitorio pequeño ayuda a preparar bien la documentación y a reaccionar si el deudor se opone.
Contratos e incumplimientos
Cuando una de las partes no cumple lo pactado, el Código Civil permite a la parte cumplidora elegir entre exigir el cumplimiento o la resolución del contrato, con indemnización de daños y perjuicios en ambos casos. La mejor defensa, sin embargo, es un contrato bien redactado: plazos, penalizaciones, forma de pago y causas de resolución claras evitan la mayoría de conflictos.
Responsabilidad civil y accidentes
Quien causa un daño a otro por culpa o negligencia está obligado a repararlo. Es la base para reclamar por caídas en establecimientos, daños por agua de un vecino, accidentes o mordeduras de animales. En la responsabilidad extracontractual el plazo para reclamar es breve: un año desde que el perjudicado lo supo. Si el daño deriva de un contrato, los plazos son distintos. Por eso conviene consultar cuanto antes y guardar todas las pruebas: partes médicos, fotografías, testigos y facturas de reparación.
Qué documentación preparar
- Contrato, presupuesto aceptado o pedido.
- Facturas, albaranes y justificantes de pago.
- Correos, mensajes y burofaxes con la otra parte.
- Informes médicos o periciales si hay daños.
- Datos del responsable y de su aseguradora, si la conoces.
Honorarios: presupuesto por escrito antes de empezar
Tras una primera orientación sin compromiso, te damos un presupuesto por escrito con los honorarios de tu asunto antes de empezar. Lo lleva un abogado con nombre, Jaime Meléndez Redondo o Teresa Moreno Zúñiga, que te informa de cada novedad. Te atendemos en nuestro despacho de Chamberí o por videoconferencia desde cualquier punto de España, de lunes a viernes de 9:00 a 18:00.

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Preguntas frecuentes
¿Tu duda no está aquí? Llámanos al 618 295 546 o al 649 211 667, o escríbenos a info@alabogados.es.
¿Cómo puedo reclamar una deuda a un particular?
Lo habitual es enviar primero un burofax requiriendo el pago. Si no paga y la deuda está documentada, puedes acudir al proceso monitorio, que permite reclamar cualquier cantidad de forma ágil.
¿Necesito abogado para un proceso monitorio?
No si la cantidad reclamada no supera 2.000 euros: en ese caso puedes presentarlo sin abogado ni procurador. Por encima de esa cifra, o si el deudor se opone y el asunto pasa a juicio, puede ser necesario.
¿Qué pasa si el deudor no responde al monitorio?
Si el deudor ni paga ni se opone en el plazo que le da el juzgado, puedes pedir la ejecución. Eso permite embargar sus cuentas, nómina u otros bienes hasta cubrir la deuda.
¿Qué puedo hacer si la otra parte no cumple un contrato?
Puedes exigir que cumpla lo pactado o pedir la resolución del contrato, y en ambos casos reclamar los daños y perjuicios. La elección depende de lo que te interese y de lo que diga el propio contrato.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar por un daño que me han causado?
Si no hay contrato de por medio, el plazo general es de un año desde que conociste el daño. Si el daño deriva de un contrato el plazo es distinto, así que conviene consultar cuanto antes.
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Teresa Moreno Zúñiga
Abogada · ICAM 56.187
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