Abogados de familia en Madrid
Una separación, un divorcio o un cambio en la custodia de tus hijos afecta a toda tu vida, y necesitas saber dónde estás antes de dar el siguiente paso. Te explicamos tus opciones con claridad, te damos el presupuesto por escrito y un abogado con nombre lleva tu asunto de principio a fin.
Lunes a viernes, de 9:00 a 18:00 · Con cita previa, en Chamberí o por videoconferencia
Cuéntanos tu caso
Te llamamos para una primera orientación sin compromiso.
- Abogados colegiados en el ICAM
- Presupuesto por escrito antes de empezar
- Un abogado con nombre y teléfono directo
- Chamberí o videoconferencia, en toda España
En qué te ayuda tu abogado de familia
Estos son los asuntos de familia que llevamos con más frecuencia en el despacho.
¿Tu caso no está en la lista? Cuéntanoslo y te orientamos.
Cómo trabajamos tu asunto de familia
Primera orientación
Nos cuentas tu situación en el despacho de Chamberí o por videoconferencia y te explicamos las vías posibles.
Presupuesto por escrito
Antes de empezar recibes los honorarios por escrito, sin sorpresas posteriores.
Tu abogado al frente
Un abogado con nombre negocia, redacta y te representa, y te informa de cada avance.
¿Estás pensando en divorciarte o necesitas cambiar la custodia? Habla hoy con un abogado de familia.
Llámanos al 618 295 546, al 649 211 667 o al fijo 91 444 55 93. Lunes a viernes, de 9:00 a 18:00.
Cómo funciona un divorcio en Madrid con abogado de familia
Cuando una relación termina, las decisiones que tomes en las primeras semanas marcan cómo quedarán tus hijos, tu vivienda y tu economía. Un abogado de familia en Madrid te ayuda a ordenar esas decisiones, a negociar con la otra parte y, si no hay acuerdo, a defender tus intereses ante el juzgado. Te explicamos aquí lo esencial para que llegues a la primera reunión con las ideas claras.
Divorcio de mutuo acuerdo o contencioso
El Código Civil permite pedir el divorcio una vez transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio, salvo excepciones previstas en la ley. A partir de ahí hay dos caminos:
- Mutuo acuerdo: ambos cónyuges pactan todas las medidas en un convenio regulador. Es la vía más rápida y económica. Si no hay hijos menores de edad, puede formalizarse ante notario.
- Contencioso: cuando no hay acuerdo, uno de los cónyuges presenta la demanda y es el juez quien decide sobre las medidas. Aun así, durante el proceso se puede alcanzar un acuerdo y convertirlo en mutuo acuerdo.
El convenio regulador
Es el documento que recoge cómo será vuestra vida tras la ruptura. Debe ser claro y realista, porque será lo que se cumpla y, si hace falta, lo que se ejecute. Suele incluir:
- La guarda y custodia de los hijos y el régimen de visitas, comunicación y estancias.
- La pensión de alimentos para los hijos y cómo se reparten los gastos extraordinarios.
- El uso de la vivienda familiar y del ajuar.
- La pensión compensatoria, si procede.
- La liquidación del régimen económico del matrimonio.
Custodia, pensiones y régimen de visitas
El criterio que guía al juez es siempre el interés de los menores. La custodia compartida es cada vez más habitual, pero no es automática: se valoran la relación con cada progenitor, la cercanía de los domicilios, los horarios y la capacidad de entendimiento entre los padres. La pensión de alimentos se fija según las necesidades de los hijos y los ingresos de cada progenitor. La pensión compensatoria es distinta: busca equilibrar el desequilibrio económico que la ruptura causa a uno de los cónyuges.
Parejas de hecho y modificación de medidas
Si no estabais casados, la ruptura no requiere divorcio, pero las medidas sobre los hijos (custodia, visitas y alimentos) se fijan igualmente, por acuerdo aprobado judicialmente o mediante demanda. Y cuando las circunstancias cambian de forma sustancial, por ejemplo una pérdida de empleo, un traslado o un cambio en las necesidades de los hijos, se puede pedir una modificación de medidas para adaptar la sentencia a la nueva realidad.
Qué documentación preparar
- DNI de ambos y libro de familia o certificado de matrimonio.
- Certificados de nacimiento de los hijos.
- Nóminas, declaraciones de la renta y extractos bancarios recientes.
- Escrituras de la vivienda, contratos de alquiler y préstamos hipotecarios.
- Si ya existe una sentencia o convenio anterior, una copia completa.
No hace falta que lo tengas todo para la primera reunión: con lo básico podemos orientarte y decirte qué falta.
Honorarios: presupuesto por escrito antes de empezar
En AL Abogados la primera orientación es sin compromiso. Si decides seguir adelante, te damos los honorarios por escrito antes de empezar, con lo que incluyen y lo que no. Un abogado con nombre lleva tu asunto y te informa de cada paso. Puedes venir al despacho de Chamberí o reunirte con nosotros por videoconferencia desde cualquier punto de España, de lunes a viernes de 9:00 a 18:00.

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Preguntas frecuentes
¿Tu duda no está aquí? Llámanos al 618 295 546 o al 649 211 667, o escríbenos a info@alabogados.es.
¿Cuánto cuesta un abogado de familia en Madrid?
Depende de si el divorcio es de mutuo acuerdo o contencioso y de las cuestiones que haya que resolver. Tras la primera orientación sin compromiso te damos el presupuesto por escrito antes de empezar.
¿Qué diferencia hay entre divorcio de mutuo acuerdo y contencioso?
En el de mutuo acuerdo los cónyuges pactan todas las medidas en un convenio regulador. En el contencioso no hay acuerdo y es el juez quien decide sobre hijos, vivienda y pensiones.
¿Se puede hacer un divorcio ante notario?
Sí, si es de mutuo acuerdo y no hay hijos menores de edad no emancipados. Aun así es obligatorio que intervenga un abogado.
¿Puedo pedir la custodia compartida si mi expareja no está de acuerdo?
Sí, puedes solicitarla en el juzgado. El juez decidirá atendiendo al interés de los hijos y a circunstancias como la relación con cada progenitor y la cercanía de los domicilios.
¿Se puede cambiar la pensión de alimentos después del divorcio?
Sí, mediante un procedimiento de modificación de medidas, siempre que las circunstancias hayan cambiado de forma sustancial desde la sentencia, como una pérdida de ingresos.
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Teresa Moreno Zúñiga
Abogada · ICAM 56.187
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