Abogados de herencias en Chamberí
En Chamberí muchas herencias giran en torno a un mismo bien: el piso de los padres en una finca antigua del barrio. Te ayudamos a aceptar la herencia, repartir o vender ese piso entre hermanos y liquidar el impuesto de sucesiones, desde nuestro despacho de Santa Engracia 17.
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Lunes a viernes, de 9:00 a 18:00 · Con cita previa, en Chamberí o por videoconferencia
Consúltanos tu herencia
Te llamamos y vemos juntos por dónde empezar.
- Abogados colegiados en el ICAM
- Presupuesto por escrito antes de empezar
- Un abogado con nombre y teléfono directo
- Chamberí o videoconferencia, en toda España
Herencias que vemos en Chamberí
Casi todas tienen que ver con viviendas del barrio y con familias que no siempre están de acuerdo.
¿Tu caso no está en la lista? Cuéntanoslo y te orientamos.
Cómo llevamos tu herencia
Primera orientación
Nos cuentas quién ha fallecido, si hay testamento y qué bienes hay. Te decimos los pasos y plazos sin compromiso.
Reunión en el despacho o por videoconferencia
Puedes venir a Santa Engracia 17 con la documentación. Si algún heredero vive fuera, se conecta por videoconferencia.
Presupuesto escrito y abogado asignado
Te damos los honorarios por escrito antes de empezar y un abogado con nombre que os informa a todos los herederos.
El piso de tus padres en Chamberí merece un reparto sin conflictos
Llámanos al 618 295 546, al 649 211 667 o al fijo 91 444 55 93. Lunes a viernes, de 9:00 a 18:00.
Herencias de pisos familiares en Chamberí
La mayoría de las herencias que nos llegan desde Chamberí tienen un elemento en común: un piso en una finca de principios del siglo XX donde han vivido los padres durante décadas. Es un bien valioso, pero también el que más discusiones provoca, porque rara vez se puede partir y cada hermano tiene una idea distinta de qué hacer con él. Esta página se centra en esas herencias del barrio. Si buscas información general sobre sucesiones, la tienes en nuestra página de abogados de herencias en Madrid.
Cómo llegar al despacho desde Chamberí
Estamos en la calle Santa Engracia 17, planta 4, puerta 4, dentro del propio distrito. Desde Almagro, Trafalgar o Ríos Rosas se llega caminando. En metro, las paradas más cercanas son Alonso Martínez (líneas 4, 5 y 10) e Iglesia (línea 1). Te recomendamos traer a la primera reunión el certificado de defunción, el de últimas voluntades, la copia del testamento si existe y la escritura del piso.
Juzgados que te corresponden
Casi todas las herencias se resuelven ante notario sin pisar un juzgado. Cuando no hay acuerdo y hay que pedir la división judicial de la herencia o reclamar la legítima, el asunto se tramita en los Juzgados de Primera Instancia de Madrid, en la C/ Poeta Joan Maragall 66 (antigua Capitán Haya). Si entre los herederos hay una persona con la capacidad modificada o con medidas de apoyo, puede intervenir la Sección de Familia, Infancia y Capacidad, en la C/ Francisco Gervás 10.
Casos frecuentes en Chamberí
- El hermano que vive en el piso. Es habitual que uno de los hijos cuidara de los padres y siga viviendo en la casa. Hay que acordar si paga una compensación, si se le adjudica el piso abonando su parte a los demás o si se vende.
- Inquilinos con contratos antiguos. En algunas fincas del barrio el piso heredado está alquilado desde hace años. Antes de decidir si vender, conviene revisar qué contrato hay y qué derechos tiene el inquilino.
- Derramas e ITE pendientes. Las comunidades de edificios antiguos suelen tener obras aprobadas. Esas deudas siguen al piso, así que las comprobamos antes de aceptar.
- Impuesto de sucesiones y plusvalía municipal. En Madrid, cónyuges, hijos y nietos tienen una bonificación del 99 % en sucesiones. Aun así hay que presentar la autoliquidación y revisar la plusvalía del Ayuntamiento.
Cuando todos los hermanos están de acuerdo, lo más rápido es firmar el cuaderno particional en notaría. Cuando no, intentamos primero una negociación entre abogados antes de ir al juzgado.
Honorarios por escrito
Antes de empezar te entregamos un presupuesto por escrito: qué trámites incluye, qué gastos de notaría o registro no están incluidos y quién lleva el expediente. Puede ser Jaime Meléndez Redondo (ICAM 72.634) o Teresa Moreno Zúñiga (ICAM 56.187). Te atendemos de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 en el 618 295 546, el 649 211 667 o el 91 444 55 93.

Áreas y zonas relacionadas
Preguntas frecuentes
¿Tu duda no está aquí? Llámanos al 618 295 546 o al 649 211 667, o escríbenos a info@alabogados.es.
Mi hermano vive en el piso de nuestros padres en Chamberí y no quiere venderlo, ¿qué podemos hacer?
Nadie está obligado a seguir en una comunidad de bienes. Lo primero es negociar que te compre tu parte o que se venda; si no hay acuerdo, se puede pedir la división judicial y la venta en subasta.
El piso que hemos heredado tiene una derrama aprobada por la comunidad, ¿quién la paga?
Las cuotas y derramas pendientes son deudas del piso y las asumen los herederos que lo reciben. Por eso pedimos a la administración de la finca un certificado de deudas antes de aceptar.
¿Cuánto pago de impuesto de sucesiones por heredar el piso de mi madre?
En Madrid los hijos tienen una bonificación del 99 % en la cuota, así que la cantidad final suele ser baja. Aun así hay que presentar la autoliquidación y revisar también la plusvalía municipal.
Mis padres no hicieron testamento, ¿podemos heredar igual?
Sí. Se tramita ante notario una declaración de herederos y después la aceptación y el reparto. Te explicamos qué papeles hacen falta.
Uno de mis hermanos vive en el extranjero, ¿tiene que venir a Madrid?
No necesariamente. Puede firmar un poder ante un notario o consulado de su país y participar en las reuniones por videoconferencia.
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Teresa Moreno Zúñiga
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